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La muerte de un ser querido nos origina muchas incertidumbres en materia legal, que los abogados herencias Madrid centro nos solucionan, sobre todo si se trata con los testamentos y las herencias de la persona que ha fallecido. En algunos casos, no se deja ningún testamento, luego ¿qué podemos hacer ante esta situación? Es aquí cuando debemos recurrir a una declaración de herederos.
Una vez que tenemos la certeza de que el fallecido no nos ha otorgado testamento, debemos obtener una declaración de herederos para poder tener la herencia. Un trámite que los expertos abogados de herencias en Madrid centro te ayudan a conseguirlo.
Realizar una declaración de herederos se ha simplificado cada vez más gracias a las actualizaciones de las leyes vigentes. Antes solo descendientes y cónyuges podían optar a realizar esta declaración, obligando a los familiares a estar presentes en en el momento de presentación del documento. Ahora se puede acudir a un notario y recibir la herencia sin realizar algunos de los procedimientos judiciales, pero pese a ello, es recomendable contar siempre con el asesoramiento y ayuda de profesiones como los abogados.
¿Quién puede presentar esta declaración? Cualquier individuo que tenga un interés sobre la persona que ha fallecido. Este documento debe tramitarse ante notario, normalmente donde estaba la mayor parte de su patrimonio o donde falleció. Para presentarla debemos contar con esta documentación:
- Certificado de defunción
- Certificado que acredita la no existencia de testamento
- DNI del fallecido o su padrón
- Certificados de nacimiento o defunción de los allegados del fallecido
- Certificado de matrimonio si existiese
Son muchos los trámites a realizar para recibir una herencia si el fallecido no tenía un testamento. Todo tipo de dudas se solucionan desde Cedeira Arroyo, M.a. En difíciles momentos estamos para ayudarte en todo lo que necesites, consulta lo que desees.