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Como despacho de referencia para divorcios económicos en Madrid centro, nos parece importante explicarte en este post los puntos en común y las diferencias entre dicho proceso y la separación.
En la separación, se produce un cese efectivo de la convivencia entre las personas casadas. Queremos explicarte que tiene consecuencias patrimoniales y personales. Para que haya también efectos legales, debe haber una declaración a través de sentencia judicial, algo inexistente en la separación de hecho. En esta, solo hay cese de la convivencia, sin consecuencias legales frente a terceros.
Es importante dejar claro que la separación no pone fin al vínculo del matrimonio, pero el divorcio sí. Este se consigue mediante una sentencia judicial e implica consecuencias frente a terceros a raíz de la sentencia.
Como bufete de referencia para divorcios económicos en Madrid centro, nos gustaría hacer hincapié en que el divorcio acarrea disolver el régimen económico matrimonial.
Cuando los cónyuges deciden divorciarse, tienen la opción de casarse otra vez, algo que es imposible con la separación, ya que el vínculo matrimonial permanece..
En ambos procesos, tanto en la separación legal como en el divorcio, el excónyuge no podrá heredar abintestado (falta de testamento) y no tiene derecho a la legítima.
Nos gustaría que supieras que en las sentencias de separación y de divorcio se explicitan las medidas que aluden al cuidado de los menores, su guarda y custodia, las visitas que podrán hacerse, los gastos de mantenimiento…
Para cualquier duda, no tardes en comunicarte con el despacho Cedeira Arroyo, Mª Ángeles - Nesbel Abogados.