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Seguimos con el blog de nuestro despacho de abogados de accidentes de tráfico en Madrid centro y de especialistas en derecho laboral. Vamos a continuar con una entrada que ya empezamos hace algunas semanas, en la que empezamos a explicar el Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
Si en la entrada anterior te hablamos del ERE de extinción, ahora nos vamos a detener, para empezar, en los otros dos tipos diferentes: el de suspensión y el de reducción. El denominado ERE de suspensión está pensado para establecer un nuevo calendario laboral a la plantilla de trabajadores de la empresa, o a una parte de ella; se tienen que señalar unos días de suspensión, en los que no habrá actividad laboral.
El ERE de reducción también establece un calendario laboral para su ejecución. No obstante, no se suspenden los días de trabajo, sino que se reduce la jornada laboral esos días señalados. Cada empleado continúa en su puesto, pero trabaja menos horas o menos días a la semana.
En estos dos casos no hay una extinción del empleo, ya que no se despide a los trabajadores. Se trata de una medida por un tiempo determinado, por lo que se habla de Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE).
Si necesitas unos especialistas en derecho laboral para la tramitación de un ERE puedes acercarte a nuestro despacho de abogados. Los profesionales de Cedeira Arroyo, Mª Ángeles – Nesbel Abogados estamos a tu disposición.
Recuerda que en nuestro equipo también contamos con profesionales dedicados a otras ramas del derecho. Entre ellos puedes contar con unos magníficos abogados de accidentes de tráfico en Madrid centro. Ofrecemos unos presupuestos muy competitivos en todos nuestros servicios.