Publicado: 28 de Febrero de 2013

A través de la modificación de la Art. DA11 ,Ley 45/2002, de 12 de diciembre, donde ya se contemplaba una bonificación, durante los 5 años siguientes al alta, del 50% de la cuota resultante de aplicar a la base mínima el tipo vigente en cada momento, excepto en la IT, para los discapacitados que se establezcan como autónomos, se introduce un nuevo beneficio en la cotización:

  • Beneficiarios:

◦Trabajadores por cuenta propia, discapacitados en grado igual o superior al 33%, menores de 35 años.
◦Que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el RETA o en el REM (incluidos los socios trabajadores de cooperativas de Trabajo Asociado encuadrados en estos Regímenes).
Al igual que en el caso anterior, quedan excluidos los trabajadores por cuenta propia con discapacidad que empleen a trabajadores por cuenta ajena.

  • Cuantía (1):

◦Reducción del 80% durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
◦Bonificación del 50% durante los 4 años siguientes.

Tanto las reducciones como las bonificaciones se aplicarán sobre la cuota por contingencias comunes, excepto en la IT, resultante de aplicar a la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento.

  • Período

Máximo de 5 años. En este caso deberá tenerse en cuenta la previsión establecida para los que opten por este sistema en el sentido de que podrán acogerse posteriormente, en su caso, a las bonificaciones previstas por la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, ya mencionadas (50% durante 5 años) siempre y cuando el cómputo total de las mismas no supere ese plazo máximo 5 años (60 mensualidades).

(1) Alternativamente al sistema previsto de bonificaciones y reducciones aplicables a los autónomos menores de 30 años -35 si son mujeres- (reducción del 30% durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, y bonificación de igual cuantía, en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción)