En nuestro despacho otorgamos al cliente un trato personalizado, afrontando su caso desde un punto de vista profesional, pero sin olvidar nunca el aspecto humano. Nuestro equipo estudiará su problema con el principal objetivo de encontrar la solución más eficaz para la defensa de sus intereses.
Tenemos 24 años de experiencia en Tribunales con temas de ámbito civil, tales como divorcios, desahucios, comunidades de propietarios, impagados, redacción de todo tipo de contratos, etc.
Nuestra experiencia se centra también en el tema laboral y extranjería. Gestionamos todo lo relacionado con las herencias y redacción de testamentos. Le asesoramos y gestionamos todos los trámites en caso de fallecimiento de familiares, tanto notariales como judiciales. Si tiene alguna duda sobre accidentes de tráfico, nosotros le asesoramos y llevamos el asunto hasta que usted cobre, sin gasto alguno hasta que reciba la indemnización.
Le asesoramos en el supuesto de que sea acreedor en concursos de acreedores.
Dentro de nuestro equipo se encuentra procuradores de los Tribunales con amplia experiencia en los Juzgados.
Nuestras citas son personalizadas de forma que usted nunca tendrá que esperar para tratar con nuestros abogados.
Servicios
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Derecho administrativo
Le ofrecemos el asesoramiento y defensa de particulares y empresas en sus procedimientos administrativos y judiciales frente las distintas Administraciones Públicas.
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Derecho civil
El Derecho Civil regula un amplio abanico de materias, cada una de ellas con sus peculiaridades y regulación específica.
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Derecho mercantíl
Ofrecemos un servicio de calidad en las fases pre-conflictuales, asesorando en todo tipo de cuestiones mercantiles, como contratos, reestructuraciones societarias, testamentos, etc.,
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¿Cuándo hacer una declaración de herederos?
La muerte de un ser querido nos origina muchas incertidumbres en materia legal, que los abogados herencias Madrid centro nos solucionan, sobre todo si se trata con los testamentos y las herencias de la persona que ha fallecido. En algunos casos, no se deja ningún testamento, luego ¿qué podemos hacer ante esta situación? Es aquí cuando debemos recurrir a una declaración de herederos.
Una vez que tenemos la certeza de que el fallecido no nos ha otorgado testamento, debemos obtener una declaración de herederos para poder tener la herencia. Un trámite que los expertos abogados de herencias en Madrid centro te ayudan a conseguirlo.
Realizar una declaración de herederos se ha simplificado cada vez más gracias a las actualizaciones de las leyes vigentes. Antes solo descendientes y cónyuges podían optar a realizar esta declaración, obligando a los familiares a estar presentes en en el momento de presentación del documento. Ahora se puede acudir a un notario y recibir la herencia sin realizar algunos de los procedimientos judiciales, pero pese a ello, es recomendable contar siempre con el asesoramiento y ayuda de profesiones como los abogados.
¿Quién puede presentar esta declaración? Cualquier individuo que tenga un interés sobre la persona que ha fallecido. Este documento debe tramitarse ante notario, normalmente donde estaba la mayor parte de su patrimonio o donde falleció. Para presentarla debemos contar con esta documentación:
- Certificado de defunción
- Certificado que acredita la no existencia de testamento
- DNI del fallecido o su padrón
- Certificados de nacimiento o defunción de los allegados del fallecido
- Certificado de matrimonio si existiese
Son muchos los trámites a realizar para recibir una herencia si el fallecido no tenía un testamento. Todo tipo de dudas se solucionan desde Cedeira Arroyo, M.a. En difíciles momentos estamos para ayudarte en todo lo que necesites, consulta lo que desees.
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Cuidado con las indemnizaciones por accidente que pagan las aseguradoras
Los abogados por accidentes de tráfico en Madrid centro han identificado una práctica que afecta gravemente a los intereses de sus clientes: las aseguradoras pagan cantidades inferiores a las legalmente correspondientes.
Y no estamos hablando de casos aislados; de hecho, existen estudios que acreditan que las cantidades que afrontan las compañías de seguros en supuestos de accidentes de tráfico son hoy ostensiblemente inferiores a las que se pagaban antes de la entrada en vigor del nuevo baremo (llegando a veces a pagarse la mitad del total de las cantidades previstas).
Este nuevo baremo del que acabamos de hablar entró en vigor en 2016. Su finalidad era regular las indemnizaciones por accidente, de modo que las cuantías aumentaran hasta situarse junto al nivel actual de vida. Sin embargo, lo que se ha terminado consiguiendo es justamente lo contrario, debido a su mayor complejidad y al tremendo desconcierto y desconocimiento que esto ha generado entre la población. Y esto hace que recurrir a abogados por accidentes de tráfico en Madrid centro para poder cobrar la indemnización que realmente corresponde sea hoy más necesario que nunca.
Con el nuevo baremo, los criterios y la forma de reclamar se han visto modificados, reduciendo los plazos y entorpeciendo posibles gestiones. A modo de ejemplo, en caso de no contar en las primeras 72 horas con un detallado informe que recoja las lesiones que has sufrido tras un accidente de tráfico, lo más probable es que muchas de tus reclamaciones al seguro terminen fracasando, puesto que el nuevo baremo indica que debes recurrir a la vía civil en Madrid centro, en lugar de a la penal.
No contar con el debido asesoramiento puede hacerte perder una cantidad importante del total que deberías percibir. Para cobrar la totalidad de las indemnizaciones por accidente de tráfico en Madrid centro que legalmente te corresponden, contacta con nuestros abogados en Cedeira Arroyo, M.a. Te ayudaremos.
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Cómo tratar a los niños en un divorcio
Llevamos a cabo divorcios económicos en Madrid centro y somos conscientes de lo duro que puede resultar este proceso para los más pequeños de la casa. Por ello, nos gustaría darte una serie de pautas para que trates de que sufran lo menos posible.
Es básico no mentirles ni sobreprotegerles. Siempre es mejor que sepan cuál es la realidad y la vivan sin ocultamientos. Eso sí, debes hacerlo con un lenguaje adecuado a su edad, dándole información sobre qué es una separación y lo que significa que sus padres ya no estén juntos.
Por otro lado, es fundamental que los niños expresen sus emociones, que no las oculten ni se las nieguen. Debes ayudarles a que las expresen de la forma que quieran y escucharles en todo momento.
Recuerda que la mejor manera de mantener la estabilidad es conservando la rutina. Aunque la estructura familiar cambie, es importante que los niños mantengan sus hábitos diarios y actividades. Y dales mucha atención y cariño, ya que en ocasiones los niños se sienten culpables de lo que ha pasado. Recuérdales que las decisiones que toman los adultos nada tienen que ver con ellos, sino que son precisamente eso, decisiones de adultos.
En Cedeira Arroyo, Mª Ángeles - Nesbel Abogados observamos que muchas parejas desvalorizan al otro miembro delante de los pequeños. Por nuestra experiencia en divorcios es una actitud perjudicial, y lo que se debe hacer es favorecer el entendimiento y acercamiento hacia él o ella.
Por último, resuelve siempre cualquier duda que te planteen tus hijos.
Para divorcios económicos en Madrid centro, no dudes en llamarnos.
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¿Qué ocurre cuando muere el arrendador o el arrendatario?
La mayoría de los abogados de herencias en Madrid centro podrán ayudarte también en otros asuntos. Hoy en concreto vamos a centrarnos en lo que ocurre si desgraciadamente tu arrendador o arrendatario fallece.
Los abogados de herencias en Madrid centro, como los nuestros, podemos asesorarte en casos como esos.
Si muere el arrendatario, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece en su artículo 16 qué personas podrán ocupar su posición en el contrato y convertirse en inquilino. La cónyuge del fallecido podrá hacerlo en cualquier caso. Tanto ella como cualquier otra persona que pueda subrogarse como inquilino, deberá hacerlo y comunicarlo al arrendador en los tres meses siguientes.
Si es el arrendador quien ha fallecido, el contrato en principio no tiene por qué modificarse: simplemente, el heredero del inmueble se convierte en el nuevo arrendador, adquiriendo tantos sus derechos como sus obligaciones.
Ahora entremos en situaciones más puntuales. Imaginemos que el arrendador no era el propietario de la vivienda o inmueble, sino solo el usufructuario o titular de un derecho sobre la vivienda. En este caso, el contrato se extinguiría. Esto redunda en la recomendación de comprobar la titularidad de un inmueble antes de firmar el contrato de arrendamiento, pues nos podemos encontrar ante un caso como este, en el que la relación contractual desaparece por la muerte del arrendador.
Una cuarta opción sería la de que el nuevo arrendador reclame el inmueble para usarlo como vivienda, ya sea para él mismo, su cónyuge o familiares de primer grado. Para que el contrato sea resuelto gracias a esta vía, el requisito será que haya transcurrido ya un año desde que comenzó el contrato de arrendamiento firmado.
En Cedeira Arroyo, M.a. estamos seguros de que lo mejor es estar prevenido ante cualquier eventualidad y ponernos en manos de profesionales si es necesario.
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ABOGADOS DE DIVORCIOS EN MADRID CENTRO
En NESBEL ABOGADOS somos profesionales con 27 años de experiencia en divorcios, contenciosos, de mutuo acuerdo y divorcio express. La atención es personal y confidencial. Asesoramos y defendemos ante los Tribunales con los mayores éxitos.
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YA SE PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS FISCALES PARA FAMILIAS MONOPARENTALES Y NUEVOS BENEFICIARIOS.
10/03/2015
Desde este lunes día 9 se pueden solicitar las nuevas deducciones anticipadas del IRPF por parte de las familias monoparentales con, al menos, dos hijos y desempleados y jubilados que tengan a su cargo una familia numerosa o personas con discapacidad.
Se trata de los denominados "cheques familiares" de 1.200 euros al año a las familias monoparentales con dos hijos. De igual forma, el "cheque familiar" de 1.200 euros parafamilias numerosas y con ascendientes o descendientes con discapacidad se amplía para el caso de que el contribuyente sea pensionista o perceptor de prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
Estas ayudas, que tienen efectos desde el 1 de enero de 2015, se suman a la de cien euros mensuales para madres trabajadores con hijos menores de tres años, en vigor desde el año 2002.
Se puede tramitar de manera colectiva o individual el abono anticipado mensual de la deducción, mediante transferencia bancaria, previa solicitud a través de la presentación del modelo 143, o bien mediante DNI electrónico, certificado digital, Pin24horas o utilizando el código Cl@ve.
La solicitud se deberá realizar por cada una de las deducciones, acumulables entre sí, a las que los beneficiarios tengan derecho.
Estas nuevas deducciones se pueden percibir mediante pago anticipado o en el momento de su inclusión en la declaración anual de IRPF del 2015, a presentar en 2016.
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¿QUE HACER CON LOS VECINOS RUIDOSOS?
Si la denuncia en el Ayuntamiento por exceso de ruido provocado por un vecino no es efectivo por el silencio administrativo, el denunciante podrá formular recurso contencioso administrativo, al entenderse denegada la solicitud o denuncia. Si el perjudicado entiende que la actuación del Ayuntamiento ha sido de pasividad o excesiva permisividad, también podrá plantearse una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el mismo.
Si se interpone una demanda civil contra quien produce las emisiones sonoras molestas, hay que tener en cuenta que la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe tanto al propietario como al arrendatario de la vivienda, el desarrollo en el piso de actividades prohibidas en los estatutos, o de aquellas que resulten dañosas para la finca. Es recomendable hacer requerimientos previos al vecino problemático para el cese de ruidos.
Si el infractor persiste en su conducta, se puede convocar una Junta de Propietarios para autorizar al presidente a iniciar una acción judicial de cesación. La demanda puede ir acompañada de la solicitud de medidas cautelares y una indemnización por daños y perjuicios. La Ley de Arrendamientos Urbanos faculta al arrendador para rescindir el contrato por actividades molestas y nocivas. Si la Comunidad de propietarios no actúa al respecto, cualquier propietario afectado también puede acudir a los tribunales por su cuenta.
El artículo 325 del Código Penal castiga con penas de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años al que, provoque ruidos o vibraciones, imponiendo la pena en su mitad superior si existiera riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas.
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EN UN DIVORCIO ¿TIENEN DERECHO LOS ABUELOS A COMUNICARSE CON SUS NIETOS?
Un matrimonio se divorcia tras 22 años de casados, con dos hijos menores en común. Dicho divorcio no fue “amistoso”, y los cónyuges no consiguieron llegar a un acuerdo para regular sus relaciones entre ellos y con respecto a sus hijos.
En la sentencia divorcio se determinó que la guarda y custodia de los hijos le corresponda a la madre, la cual junto con sus dos hijos siguen conviviendo en la vivienda familiar, y estableció un régimen de visitas y comunicación con el padre.
Los padres del esposo, y por lo tanto abuelos de los dos niños, desean también ver y comunicarse con sus nietos, pero la madre por motivos injustificados no se lo permite.
¿Están los abuelos amparados legalmente para poder ver y comunicarse con sus nietos menores?
En efecto, si lo están. El Art. 94 ,Código Civil reconoce este derecho, y más concretamente, el Art. 160 ,Ccivil ,el cual establece lo siguiente:
"Artículo 160: Los progenitores, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos menores, excepto con los adoptados por otro o conforme a lo dispuesto en resolución judicial.
No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados.
En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores."